Blogia
Lazos Rotos

¿Democracia o autocracia?

Democracia se opone a autocracia, es decir a Estados y gobiernos (nacionales, locales...) cuyo poder se gesta y reproduce por sí mismo, como el poder del padre en la familia patriarcal o el del amo sobre el esclavo. El poder autocrático despótico exige "súbditos" obedientes e incapaces de gobernarse por sí mismos, a los que se les ha arrebatado su capacidad crítica y de compromiso, ya se trate de hombres, mujeres o ancianos.

Democracia hace por ello referencia a un poder no natural, gestado no por "súbditos" sino por ciudadanos activos que se interesan por la cosa común o pública (república) y participan en su administración y control. Un ciudadano posee, por tanto, autonomía (que se deriva y materializa de su información y capacidad para actuar), consigue autoestima con su participación en la vida pública, e irradia esta autoestima (colectiva) a otros.

Por tanto en las instituciones con lógica democrática se dan condiciones (gestación, organización) que potencian la autonomía, la autoestima y la irradiación o testimonio de la cosa pública en el ciudadano y, como debería ser obvio, en el ser humano como experiencia genérica, o sea universal.

Comparen ustedes, lo arriba descrito con la realidad actúal, la realidad de lo que se da por denominar "democracia", o sería mejor denominar "autocracia"

¿Qué papel juegan los partidos? Los partidos son pragmáticos, o sea maquinarias electorales y de administración pública, es decir saqueadores. El saqueo, "naturalmente", tiende a quedar impune. Los partidos políticos actúan como soporte autocrático, de una determinada "casta", los políticos que eluden sus responsabilidades sociales y se convierten en déspotas paternalistas, que defienden intereses "muy particulares". Los ciudadanos deben ejercer un control continuo y directo sobre los partidos políticos, y no nos referimos solamente a los periodos electorales. Debemos crear nuevos métodos de control, como por ejemplo, el ya existente en la actual Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, denominado Revocatorio [1].

[1] Revocatorio. Es una figura establecida en el artículo 72 de la Constitución Bolivariana de la República de Venezuela, que permite al electorado revocarle el mandato a cualquier funcionario una vez cumpla la mitad de su período.

Bibliografía: Mires, Fernando: "A propósito de la democracia", en América Latina en Movimiento, Nº 383, abril 28, 2004, Quito, Ecuador :: Harris, Marvin: "Vacas, cerdos, guerras y brujas. Los enigmas de la cultura", Alianza, Madrid, España, 1980 :: Dahl, Robert A.: "La democracia y sus críticos", Paidós, 2ª edic., Barcelona, España, 1993.

Artículo de opinión de Lazos Rotos

0 comentarios