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Tagoror Achinech denuncia la vulneración de Derechos Fundamentales al Ministro de Justicia.

Asociaciones / Tagororachinech.- El Colectivo Tagoror Achinech ha enviado una carta al Ministro de Justicia, J. Fernando López Aguilar, denunciando la vulneración de los derechos constitucionales, que ha sufrido los vecinos de Chío y los miembros del colectivo, por parte de las administraciones públicas.

El hecho de haber instalado esta central eléctrica en Los Pajales ha traído consigo un drama humano. El éxodo de personas a residir en otro lugar, por la imposibilidad de soportar los altos índices de contaminación y el ruido producido por estas máquinas. La pérdida del sistema productivo agrícola de la zona, al no poder encontrar trabajadores que puedan realizar sus tareas cercas de estas instalaciones, por el riesgo que conlleva. La cancelación de reservas en los alojamientos de turismo rural, así como las reclamaciones de los clientes alojados, por las consecuencias dañinas de esta instalación, la desvalorización del patrimonio personal por las cercanías de este tipo de instalación. Y las demoras a la que se están viendo obligados los residentes de la zona, en los cumplimientos con las entidades financieras con hipotecas, créditos rurales, empresariales y, personales debido a la reducción drástica de ingresos de las actividades tradicionales de la zona, se entiende como la vulneración el artículo 33 de la carta magna, que reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia.

El hecho de continuar argumentando que la Ley 1/98, aprobada por el parlamento canario, deroga los artículos del Decreto 2414/1961 que establece la distancia mínima de 2.000 metros desde una instalación desde tipo hasta el núcleo poblacional más cercano, cuando la propia ley autonómica no estable ninguna distancia mínima, Tagoror Achinech la interpreta como no reconocer el artículo 14 de la constitución que dice que todos los españoles somos iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Máxima cuando en febrero del presenta año, se ha rechazado una instalación eléctrica en Badajoz, por estar a una distancia inferior a 2.000 metros del pueblo de Alange, por lo que el colectivo se pregunta, si la condición social de nacer y residir en Canarias, tiene otro tratamiento que nacer y residir en Extremadura.

El Colectivo, continúa en su carta al ministro recordando que el artículo 21 de la carta magna dice:"“1. - Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho no necesitará autorización previa. 2. - En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad, que sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes". Estos derechos de reunión y manifestación, deben tenerlos todos los residentes en el resto del territorio nacional, a excepción de los que residen en el municipio de Guía de Isora, pues el Concejal de Seguridad Ciudadana, de este municipio, critica en la prensa provincial el hecho de que se reunían donde quieren y cuando quieren y, que en un periódico local, editado por el propio gabinete de prensa municipal, se les acusen de extorsionar a los vecinos para recaudar fondos para demandar al alcalde, así como que en un medio de comunicación escrito, de tirada provincial, los denominan “Chiítas fundamentalistas”, sin que se cite el autor de tal declaración, por el mero hecho de haberse manifestado contra la instalación de estas turbinas de generación eléctrica. Lo que entienden como la vulneración de los derechos fundamentales contra el honor de las personas tal y como se expone en el articulo 18 de la Constitución española y, el artículo 16 en lo que se refiere a la libertad ideológica.

El escrito dirigido al ministro finaliza solicitándole amparo y, que abra una investigación rigurosa de todo lo que ha acontecido en el proceso de la instalación de las turbinas, pidiéndole que se proceda al cierre cautelar de las turbinas hasta que finalice la investigación sobre este tema y los procesos judiciales abiertos, pues de lo contrario, cuando haya resolución judicial, los daños ocasionados serán irreversibles.

Chío a, 8 de agosto de 2006

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