Hablemos claro. El engaño del nacionalismo canario.
Aun siendo conscientes de que este artículo va a herir sensibilidades "nacionalistas", con el queremos abrir el debate sobre como subliminalmente se solapan determinados intereses con un cierto aire de folclorismo del rompecabezas del "nacionalismo canario".
En los tiempos constituyentes los diversos partidos nacionalistas, con la aprobación y el apoyo de la izquierda, presionaron para que fuera introducida en la Constitución una terminología un tanto confusa; en concreto, los términos comunidad histórica y, sobre todo, nacionalidad, disparate político y lingüístico que tantos escritores, historiadores y políticos criticaron en vano.
Antes de nada se hace necesaria una breve aclaración lingüística que irá perfilando el asunto. El Diccionario de la Real Academia ha definido durante muchas décadas la palabra nacionalidad como:
Nacionalidad es, pues, la condición que una persona tiene de pertenecer a una nación. Se tiene tal o cual nacionalidad (española, francesa, italiana...), pero no se es nacionalidad. Así pues, o se es región o se es nación; sólo se podrá ser nacionalidad a costa de cocear el diccionario y usar una palabra que, en esa acepción, por mucho que hoy se utilice, no tiene sentido.
No tiene dicha palabra el significado que con tanta frecuencia se le da, una pseudoentidad de Derecho Público a mitad de camino entre la región y la nación pero sin ser ni una cosa ni otra: una especie de suprarregión o infranación que tampoco es ninguna de las dos cosas sino todo lo contrario. Puestos a inventar nebulosos entes territoriales, ¿por qué no continuar con el término regionalidad, como entidad a mitad de camino entre la región y la provincia? Y después vendría la provincialidad, entidad a mitad de camino entre la provincia y la comarca. Y así sucesivamente.
En su día los nacionalistas presionaron para que la Constitución incluyera el término nacionalidades con el doble fin de justificar un techo competencial mayor y de utilizarlo, en el momento que estimasen maduro, como trampolín hacia la reivindicación de la categoría de nación y la subsiguiente secesión, lo que no es ficción puesto que ya lo han hecho. Ya con el término nacionalidades pretendieron imponer la constitucionalización de la existencia de esas naciones, pues parece que la existencia de una nación lleva implícito el derecho a regirse por sí misma. Pero una generación después aspiran a zanjar la cuestión de forma inequívoca, introduciendo directamente la categoría de nación.
Muchos fueron los que denunciaron el disparate lingüístico y político del término, calificando el uso pretendido de dicho término como "caprichoso e inaceptable".
El artículo 2º de nuestra Carta Magna, al hablar de la Nación española, "reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran", pero no define qué cosa sea nacionalidad ni cuáles sean las nacionalidades y cuáles las regiones. Por ello sólo queda el recurso a la imaginación, impropio de la claridad que ha de exigirse a todo texto normativo, sobre todo a la ley suprema de un Estado. Porque, ¿qué es nacionalidad? ¿Qué no lo es? ¿Cuáles lo son y por qué? ¿Es dicha categoría fija o cambiante? ¿Se trata de una condición adquirible por prescripción adquisitiva o está cerrado el cupo? De estar abierto, ¿quién dice cómo poder llegar a serlo? ¿Qué condiciones hay que cumplir? ¿Qué consecuencias jurídicas y políticas conlleva llegar a serlo?
Y para colmo de la inutilidad, los padres constitucionales se encuentran con que, veinticinco años después de la entrada en vigor de la Carta Magna y ante una generalización del término que desvirtúa su fuerza originaria, los mismos que entonces lo reclamaron para sus regiones renuncian hoy a él y exigen ser considerados directamente nación.
Enlace: Grupo de Coalición Canaria en el Senado
Enlace: Grupo Territorial "Socialistas Canarios" en el Senado
En los tiempos constituyentes los diversos partidos nacionalistas, con la aprobación y el apoyo de la izquierda, presionaron para que fuera introducida en la Constitución una terminología un tanto confusa; en concreto, los términos comunidad histórica y, sobre todo, nacionalidad, disparate político y lingüístico que tantos escritores, historiadores y políticos criticaron en vano.
Antes de nada se hace necesaria una breve aclaración lingüística que irá perfilando el asunto. El Diccionario de la Real Academia ha definido durante muchas décadas la palabra nacionalidad como:
- 1. Condición y carácter peculiar de los pueblos e individuos de una nación.
2. Estado propio de la persona nacida o naturalizada en una nación.
Nacionalidad es, pues, la condición que una persona tiene de pertenecer a una nación. Se tiene tal o cual nacionalidad (española, francesa, italiana...), pero no se es nacionalidad. Así pues, o se es región o se es nación; sólo se podrá ser nacionalidad a costa de cocear el diccionario y usar una palabra que, en esa acepción, por mucho que hoy se utilice, no tiene sentido.
No tiene dicha palabra el significado que con tanta frecuencia se le da, una pseudoentidad de Derecho Público a mitad de camino entre la región y la nación pero sin ser ni una cosa ni otra: una especie de suprarregión o infranación que tampoco es ninguna de las dos cosas sino todo lo contrario. Puestos a inventar nebulosos entes territoriales, ¿por qué no continuar con el término regionalidad, como entidad a mitad de camino entre la región y la provincia? Y después vendría la provincialidad, entidad a mitad de camino entre la provincia y la comarca. Y así sucesivamente.
En su día los nacionalistas presionaron para que la Constitución incluyera el término nacionalidades con el doble fin de justificar un techo competencial mayor y de utilizarlo, en el momento que estimasen maduro, como trampolín hacia la reivindicación de la categoría de nación y la subsiguiente secesión, lo que no es ficción puesto que ya lo han hecho. Ya con el término nacionalidades pretendieron imponer la constitucionalización de la existencia de esas naciones, pues parece que la existencia de una nación lleva implícito el derecho a regirse por sí misma. Pero una generación después aspiran a zanjar la cuestión de forma inequívoca, introduciendo directamente la categoría de nación.
Muchos fueron los que denunciaron el disparate lingüístico y político del término, calificando el uso pretendido de dicho término como "caprichoso e inaceptable".
El artículo 2º de nuestra Carta Magna, al hablar de la Nación española, "reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran", pero no define qué cosa sea nacionalidad ni cuáles sean las nacionalidades y cuáles las regiones. Por ello sólo queda el recurso a la imaginación, impropio de la claridad que ha de exigirse a todo texto normativo, sobre todo a la ley suprema de un Estado. Porque, ¿qué es nacionalidad? ¿Qué no lo es? ¿Cuáles lo son y por qué? ¿Es dicha categoría fija o cambiante? ¿Se trata de una condición adquirible por prescripción adquisitiva o está cerrado el cupo? De estar abierto, ¿quién dice cómo poder llegar a serlo? ¿Qué condiciones hay que cumplir? ¿Qué consecuencias jurídicas y políticas conlleva llegar a serlo?
Y para colmo de la inutilidad, los padres constitucionales se encuentran con que, veinticinco años después de la entrada en vigor de la Carta Magna y ante una generalización del término que desvirtúa su fuerza originaria, los mismos que entonces lo reclamaron para sus regiones renuncian hoy a él y exigen ser considerados directamente nación.
Enlace: Grupo de Coalición Canaria en el Senado
Enlace: Grupo Territorial "Socialistas Canarios" en el Senado
1 comentario
aficionado a la lexicografía -
He aquí una gran noticia: "El diccionario de la Real Academia, al que todo el mundo concede tanta autoridad, no es más que "un diccionario del montón", pero no nos queda más remedio que aceptarlo porque en algún momento de la historia quizás menos libre y democrático que el actual alguien dijo que era "el oficial" y nadie ha sido capaz de rebatir esta cuestión. Pero ciertamente los entendidos dicen que los hay mejores pero nunca perfectos"