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Burocracia contra Democracia: el Gobierno de Canarias informa a la Coalición Ciudadana contra el GNL.

Movimiento social / Coalición Ciudadana Toda Canarias contra el Gas.- Burocracia contra Democracia: el Gobierno de Canarias informa a la Coalición Ciudadana contra el GNL.

    13 de enero de 2006. Con cierto retraso, contesto al correo electrónico que esa Coalición Ciudadana Toda Canarias contra el Gas ha dirigido al Presidente del Gobierno, sobre la introducción en Canarias de gas natural licuado.

    Quiero agradecerles la información que nos han facilitado y que nos hayan dado a conocer su inquietud ante las posibles consecuencias medioambientales que, en su opinión, podrían derivarse de un proyecto de la empresa Compañía Transportista de Gas Canarias, S.A. para la instalación de una planta de recepción, almacenamiento y regasificación de gas natural licuado, en el término municipal de Granadilla (Tenerife).

    A ese respecto, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ha elaborado un informe, cuyo contenido le resumo a continuación:

    La empresa Compañía Transportista de Gas Canarias, S.A. ha presentado en este Ministerio solicitud de autorización administrativa para la construcción de una planta de recepción, almacenamiento y regasificación de gas natural licuado (G.N.L.) en el Puerto de Granadilla, en la Isla de Tenerife, en el marco de lo previsto en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos. De forma complementaria a la mencionada solicitud, se ha presentado el proyecto de instalaciones de la planta y su estudio de impacto ambiental, que recoge las recomendaciones emitidas al respecto por el Ministerio de Medio Ambiente.

    La tramitación de la autorización administrativa de la citada planta de regasificación de G.N.L. se encuentra sujeta al procedimiento administrativo previsto en el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural (B.O.E. 31-12-2002). El citado procedimiento contempla el sometimiento de la solicitud de autorización administrativa formulada y del proyecto de la planta de regasificación de G.N.L. presentado, así como de su estudio de impacto ambiental a trámite de información pública, con el fin de que se puedan realizar cuantas manifestaciones y alegaciones se consideren oportunas, para su constancia en el correspondiente expediente administrativo y consideración, en caso de que fuesen estimadas procedentes.

    Asimismo, el procedimiento contempla el sometimiento del proyecto de la planta de regasificación de G.N.L. a trámite de evaluación de impacto ambiental que deberá realizarse de acuerdo con lo previsto en la legislación aplicable en materia de medio ambiente. En la correspondiente declaración de impacto ambiental deberá analizarse la viabilidad ambiental del proyecto, considerando su incidencia en el entorno de la ubicación de las instalaciones, así como la documentación generada en el trámite de información pública del expediente, con especial atención a todas las alegaciones recibidas de carácter medioambiental.

    En la confianza de que esta información les resulte de utilidad, reciban un cordial saludo. José Enrique Serrano Martínez. Director del Gabinete de la Presidencia del Gobierno.

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