El alcalde del municipio de Pontons (Barcelona) Lluís Fernando Caldentey no casará homosexuales porque 'son tarados'.
El alcalde de Pontons, Lluís Fernando Caldentey (PP) afirmó hoy que no casará a parejas del mismo sexo y añadió que "yo entiendo que los gays deben tener los mismos derechos, pero para mí un gay es una persona tarada, que nace con una deformación física o psíquica".
El alcalde sostiene que esta situación "es deforme, porque lo normal es que las personas nazcan macho o hembra, porque yo no he visto nunca dos perros machos haciendo el amor. No es natural"
Asimismo, señaló que tiene "muy claro" que, si una pareja de gays o lesbianas le piden constituir matrimonio "les diré rotundamente que no" y "siempre diré que no al matrimonio gay".
Consideraciones legales. La ley tilda de prevaricación que un alcalde vete bodas homosexuales.
-Los ediles que prohíban la celebración de los enlaces podrán ser inhabilitados de 7 a 10 años.
-La mayoría de alcaldes del PP contrarios a los matrimonios permitirán actuar a los concejales.
En el caso de que un alcalde decida que en su ayuntamiento ni él ni ningún concejal celebran bodas gays, el edil podría ser acusado de un delito de prevaricación administrativa.
Esta conducta, que significa dictar una decisión arbitraria a sabiendas de su injusticia, está castigada en el artículo 404 del Código Penal con una inhabilitación de entre 7 a 10 años. Además, según añadió ayer la magistrada y vocal del Poder Judicial Montserrat Comas, se le podría aplicar el agravante de "discriminación por motivos de orientación sexual".
Varios alcaldes del PP han reiterado públicamente su negativa a casar personas del mismo sexo. Los juristas recordaron que los alcaldes no están obligados a oficiar matrimonios sino que pueden delegar esta potestad en otros concejales alegando, por ejemplo, razones de agenda.
Ahora bien, si un concejal que ha recibido ese mandato por parte del alcalde se niega por una cuestión de conciencia a oficiar una boda homosexual podría incurrir en un delito de desobediencia, que implica una multa económica e inhabilitación de entre seis meses a dos años.
Los jueces tampoco pueden negarse a celebrar bodas gays. Si lo hacen, al igual que los concejales u otros funcionarios, incurrirían en un delito de desobediencia. Tampoco pueden alegar la inconstitucionalidad de la futura norma porque "no tienen que dictar sentencia" sino sólo oficiar una boda.
Fuente: Nación Gay
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