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S.T.A.P. Canarias. Sindicato de Trabajadores Canarios y de sus Administraciones. Informa:

S.T.A.P. Canarias. Sindicato de Trabajadores Canarios y de sus  Administraciones. Informa:

El Sindicato de Trabajadores de las Administraciones Publicas de Canarias, gana el contencioso mantenido con el sindicato UGT, por la designación de un miembro de la Junta de Personal en el Ayuntamiento de Icod de los Vinos, el cual fue otorgado a U.G.T., de forma irregular en las ultimas elecciones sindicales celebradas el 14 de febrero del 2003, sin tener en cuenta lo establecido en la Ley, según sentencia judicial.

A la vez este sindicato denuncia públicamente la actitud poco limpia, no acatando las normas, de algunos de los dirigentes (trepas) del sindicato UGT, a nivel provincial que anteponen los intereses de su sindicato para mantener su estatus personal a nivel provincial regional y nacional, no dudando en mentir a sus afiliados para enfrentar a compañeros trabajadores de un mismo Ayuntamiento aunque en sindicatos diferentes. Aunque no lo han conseguido, ya que son estos los que al final conviven y comparten preocupaciones e intereses.
Para una mejor información y comprensión de lo sucedido se hace necesario hacer un desglose cronológico de los hechos:

Todo comenzó el viernes 14 de febrero del año 2003, año en que se celebraron las elecciones sindicales en este Ayuntamiento, ese día el resultado de las mismas fue 35 votos UGT, 21 votos el STAP, 7 votos el CSIF, y 7 votos CCOO. Por lo que el reparto de los cinco miembros para la Junta, correspondería de forma directa por cada 14 votos quedando dos UGT, uno para el STAP, y luego todos los sindicatos empataban a votos ya que a UGT, (35-28) le sobraban 7 al STAP (21-14) 7, y los ya mencionados CSIF y CCOO con 7 cada uno, ahí es cuando la ley establece que serán otorgados en caso de empate, a razón de antigüedad en la función publica, entrando como cuarto el miembro del CSIF, y sin comprobación por parte del presidente la mesa a través del censo elaborado que para tal fin, otorga el quinto y ultimo miembro al sindicato UGT, y se levanta acta. Ese día los componentes de la lista STAP y sus representantes, dentro de la euforia del resultado obtenido ya que era la primera vez que participaba este sindicato en esta administración, aceptaron las normas del juego sin entender como un sindicato con 7 votos tenía los mismos miembros que ellos con 21, pero esas eran las normas y así le explicaban muy amigablemente los representantes de UGT ese día allí presentes y venidos desde Santa Cruz, compartiendo juntos incluso la celebración del resultado.

Dos días después, es decir el Domingo 16, mientras comentaban lo sucedido aun, se percatan los miembros del sindicato STAP, que existía un error en el otorgamiento del último miembro ya que su candidato posee mas antigüedad que el de UGT, y así se reflejaba en el censo electoral ya mencionado, informando de este hecho y ese mismo día a sus compañeros de UGT en este Ayuntamiento. Por tal motivo se dirigen a hablar con el presidente de la mesa el lunes 17, a primera hora a fin de subsanar el error antes de enviar las actas para Santa Cruz, recibiendo la negativa por parte del presidente a corregir el error. Es por ello que presentan la reclamación correspondiente ante la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales, Dirección General de Trabajo, con fecha de entrada el 20-02-03. Pero es ahí cuando aquellos representantes de UGT venidos de Santa Cruz ya NO muestran tanta conformidad en acatar la Ley electoral, la cual con anterioridad entendían y nos hacían comprender. Es en ese momento cuando cambian su actitud anteponiendo los intereses del sindicato ante los trabajadores funcionarios del Ayuntamiento y comienza una disputa la cual han logrado alargar en el tiempo lo mas posible sabiendo y siendo conscientes que con todo aquello lo único que ganaban era tiempo.

El día 11 de junio 2003 se celebro una mesa de arbitraje en Santa Cruz y en ese acto el Arbitro nombrado para tal efecto, al cual se le pudo observar que tenia muy buenas relaciones con los representantes de UGT y nada mas exponer las dos parte los motivos de la reclamación, manifiesta verbalmente que lo tenia claro y que él no iba a entrar en esa materia, por lo cual el abogado y representante del sindicato STAP, solicitó que su decisión fuera emitida en el menor tiempo posible, para continuar con las acciones legales que se estimasen. Aquí tendremos que decir que a dicho acto también compareció el presidente de la mesa electoral, así como los miembros de la misma, manifestando (el presidente) al arbitro que él no se había llevado a la hora de nombrar los delegados por la antigüedad reflejada en el censo para tal fin, y que él lo había hecho así a conciencia ya que aunque el censo diga otra cosa, el entiende que el miembro de UGT es mas antiguo que el del STAP, lo cual quedo reflejado en acta a petición del STAP quedando todos los presentes sorprendidos por dicha afirmación.

Aquella decisión que tan clara tenia el señor arbitro desde el momento que se celebró el acto de arbitraje, fue emitida el 25 de Mayo del 2004 (casi un año después de la celebración del acto de arbitraje y dieciséis meses después de las elecciones. ¡Menos mal que lo tenía claro!) y cuando decía que el no se iba a posicionar a favor de ninguna de las partes resulta que en su laudo se posiciona favorable a la postura de UGT.

Ante tal situación el sindicato STAP no le queda mas que la vía Judicial, la cual emprende rápidamente celebrándose el juicio el día 27 de Abril del 2005, en el Juzgado de lo Social Nº 2, en Santa cruz de Tenerife. Y cuya sentencia, fue emitida el 06 de Mayo del 2005, y contra la cual no cabe recurso, resultando favorable al sindicato STAP.

Hay que aclarar que hablamos de unas elecciones celebradas el 14 de Febrero del año 2003 y donde fue finalmente reconocido nuestro derecho el 06 de mayo del 2005, usurpando dicha plaza en la junta de personal el miembro del sindicato UGT. Es por eso, por lo que desde aquí no podemos dejar sin información a los funcionarios de nuestro ayuntamiento del motivo de algunas cuestiones que no han comprendido.

Debemos dejar claro que la postura de los compañeros miembros del sindicato UGT, en el ayuntamiento de Icod, si no ha sido la apropiada, es por haber sucumbido a las presiones y mentiras dictadas por los intereses de los representantes (trepas) de su sindicato y desde otros niveles fuera de este administración. Esta situación no ha afectado a la relación de cordialidad manteniéndose unidos a los miembros del sindicato STAP, aun existiendo diferencias a la hora de postularse en determinadas cuestiones. Esperemos que esto no vuelva a suceder.

Los miembros del sindicato STAP, posiblemente cometeremos errores fruto de nuestra inexperiencia, pero lo que nadie dudara es que vamos a ser nosotros los primeros quienes los paguemos y suframos, por eso seremos nosotros quienes negociemos y no permitiremos que algunos sindicalistas (trepas) que aparecen por este ayuntamiento a hacerse la foto en determinadas ocasiones manipulen el destino de los trabajadores sin ni siquiera preocuparse e informarse de la realidad que allí se vive, tomando decisiones que nos afectan, cuando su verdadero cometido es asesorar, por que una cosa es la teoría y otra muy distinta la practica. Y lo que es bueno para los trabajadores de un Ayuntamiento puede ser que no sea tan buena para los de otro. Y las consecuencias de las decisiones que ellos toman tan a la ligera a ellos no les afectaran en nada.

Aprovechamos para informar que el sindicato STAP, esta abierto a todos los trabajadores de este Ayuntamiento aclarando que NO es solo para Policías, ni para funcionarios, sino que también acoge y defiende a laborales como se comprueba en este Ayuntamiento, así como en otras administraciones cuyas cifras de afiliados van en aumento.

Agradecemos a esta pagina que se haga eco de esta información.

Fuente: Comunicado del Sindicato de Trabajadores Canarios y de sus Administraciones -S.T.A.P. Canarias

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